Tarjeta de Residencia de Familiar de la UE

Si eres familiar no comunitario de una persona con nacionalidad española o con ciudadanía de la Unión Europea, puedes solicitar la Tarjeta de Residencia de Familiar de la UE para residir y trabajar en España. No es lo mismo que la reagrupación familiar.

Familiar de ciudadano comunitario: caso práctico

Tengo nacionalidad española. Tengo una hija en Malawi mayor de 21 año que depende económicamente de mí. Mi hija consigue el visado español. Una vez en España, antes de que pasen 3 meses, tramitamos la autorización para obtener la residencia en España como familiar de un ciudadano español.

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario

Los miembros de la familia de un ciudadano español o de un Estado miembro de la Unión Europea, que no ostenten la nacionalidad de uno de dichos Estados de la UE, cuando le acompañen o se reúnan con él, podrán residir en España por un período superior a tres meses, tienen la obligación de solicitar y obtener una «tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión».

¿Quién es el familiar de ciudadano comunitario?

  • Cónyuge

  • Pareja con la que mantengas una unión análoga a la conyugal

  • Hijo directo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.

  • Ascendiente directo del ciudadano de la Unión

  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia esté a cargo del ciudadano de la Unión. Se entenderá que están a cargo los y las familiares cuyo sostén económico lo proporciona la persona de la UE y que necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva con el ciudadano de la Unión.

  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal

  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero.

Familiar de ciudadano comunitario: requisitos y condiciones

  1. Solicitar la autorización en Extranjería (Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno). Generalmente tienes que pedir cita previa por internet.

  2. Solicitar cita en la Comisaría para poner huellas

  3. Solicitar cita en la misma Comisaria (un mes después de pone huellas) para retirar tu TIE.

Te enumero los requisitos

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europe (HI 102) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.

  • Pasaporte completo válido y en vigor del familiar.

  • Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo

  • Si es hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja de hecho registrada mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente

  • Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada

  • Si es ascendiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo

  • D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse

  • Si es trabajador por cuenta ajena: podrá aportar Declaración de contratación del empleador, Contrato de trabajo registrado en el Servicio Público de Empleo.

  • Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social o consentimiento de la comprobación de los datos en los ficheros de la Tesorería General de la Seguridad Social.

  • Trabajador por cuenta propia podrá aportar Inscripción en el Censo de Actividades económicas. Justificación de su establecimiento mediante Inscripción en el Registro Mercantil. Documento de alta o situación asimilada al alta en el régimen correspondiente de Seguridad Social.

  • Si no se ejerce actividad laboral en España se deberá aportar Documentación que acredite disponer de seguro de enfermedad público o privado, Documentación que acredite disponer de recursos suficientes para el ciudadano de la Unión y sus familiares para el periodo de residencia en España.