Cédula de inscripción
La cédula de inscripción documenta al extranjero que se encuentra en España, en determinadas circunstancias. La cédula de inscripción se expide en documento impreso y deberá renovarse anualmente. En todo caso, la cédula perderá vigencia, sin necesidad de resolución expresa, cuando el extranjero sea documentado por algún país o adquiera la nacionalidad española u otra.
Requisitos para tener la cédula de inscripción
Te enumero los requisitos para tener la Cédula de inscripción:
Cédula de inscripción (HI 94) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (seg-social.es)
No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza.
Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido
No tener dictada una orden de expulsión
Acreditar no poder ser documentado por la misión diplomática u oficina consular correspondiente.
En el caso de los solicitantes de autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales, se eximirá al solicitante de la presentación de acta notarial para acreditar que no puede ser documentado por la misión diplomática u oficina consular correspondiente.
Acreditar la concurrencia de razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o, en su caso, el cumplimiento de compromisos de España.
Para solicitar la Cédula de inscripción necesita
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–16) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el extranjero. Dicho impreso puede obtenerse en el siguiente enlace (EX-01 (seg-social.es))
una fotografía reciente en color, fondo blanco, tamaño carné
Certificado de nacimiento o pasaporte (aunque esté caducado: es para tener indicio o prueba de identidad, procedencia y nacionalidad.
Documentación acreditativa de la concurrencia de razones excepcionales de índole humanitaria, interés público o, en su caso, cumplimiento de compromisos de España que justifiquen la documentación.
Justificante de domicilio (empadronamiento)
Tasas: Modelo 790. Código 012 (Tasa790_012 (policia.gob.es)). Actualmente son 3,27 euros (Cédula de inscripción)
Si quieres consultar el importe de todas las tasas, entra aquí: Tasas de trámites de extranjería (Sede electrónica). Sitio web de la Policía Nacional España (policia.gob.es)
Lugar de presentación: Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía del lugar donde tenga fijado su domicilio. Información de la dirección, teléfonos y horarios de atención al público.
Sujeto legitimado para presentar la solicitud de la Cédula de Inscripción: el extranjero personalmente.
Lugar de presentación: Oficina de Extranjería o en la Comisaría de Policía del lugar donde tenga fijado su domicilio.
Solicitud: la solicitud de cédula de inscripción se deberá presentar tan pronto como se hubiera producido la indocumentación.
Las tasas por la tramitación de la cédula de inscripción: se devengan en el momento de la admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo diez días hábiles.
Procedimientos para solicitar la cédula de inscripción
Más información sobre los trámites de extranjería en Madrid
Extranjería – Administraciones Públicas (administracionespublicas.gob.es)
Tasas administrativas en Extranjería
Si quieres consultar el importe de todas las tasas, entra aquí: Tasas de trámites de extranjería (Sede electrónica). Sitio web de la Policía Nacional España (policia.gob.es)
Tasas – Administraciones Públicas (administracionespublicas.gob.es)
Tasas administrativas en la Policía Nacional
Si quieres consultar el importe de todas las tasas, entra aquí: Ministerio del Interior | Extranjeros