Renovación de la Autorización de Residencia
En esta entrada te cuento cómo realizar la renovación de la Autorización de Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena. Generalmente este trámite corresponde a las personas que han obtenido la autorización de residencia y trabajo por un año (arraigo laboral, arraigo social, arraigo familiar). Se exige las mismas condiciones que para la residencia inicial (contrato laboral).
Primero se solicita la autorización en Extranjería (Delegaciones de Gobierno. Una vez obtenida la Autorización, se solicita la Tarjeta de Identidad en la Policía Nacional.
Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena (HI 17) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (seg-social.es)
Mis recomendaciones
Si tienes el Certificado Digital, puedes realizar este trámite y otros muchos telemáticamente. Te ahorrarás tiempo. Ten en cuenta la dificultad para conseguir citas en la Comisaría Nacional (Huellas y Retirada de la TIE).
Renovación de la Autorización de Residencia
Requisitos
Carecer de antecedentes penales en España.
Abonar las tasas por tramitación de la autorización de residencia temporal y la relativa a la autorización de trabajo por cuenta ajena
Poder acreditar uno de los siguientes supuestos:
Continuar con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización cuya renovación se pretende.
Haber realizado actividad laboral durante un mínimo de tres meses por año y se encuentre en alguna de las siguientes circunstancias:
Haber suscrito un contrato de trabajo con un nuevo empleador acorde con las características de su autorización para trabajar y figurar en situación de alta o asimilada en el momento de la solicitud.
Disponer de un nuevo contrato que garantice los requisitos establecidos en el artículo 64 y con inicio de vigencia condicionado a la concesión de la renovación.
Que la relación laboral que dio lugar a la autorización cuya renovación se pretende solicitar fue interrumpida por causas ajenas a su voluntad, y que ha buscado activamente empleo, mediante su inscripción en el Servicio Público de Empleo competente como demandante de empleo.
Tener otorgada una prestación contributiva de desempleo.
Ser beneficiario de una prestación económica asistencial de carácter público destinada a lograr su inserción social o laboral.
Haberse extinguido o suspendido la relación laboral como consecuencia de que la trabajadora sea víctima de violencia de género.
Haber estado trabajando y en alta en la Seguridad Social durante un mínimo de nueve meses en un periodo de doce, o de dieciocho meses en un periodo de veinticuatro, siempre que la última relación laboral se interrumpiera por causas ajenas al trabajador y que se haya buscado activamente empleo.
El cónyuge o la persona con la que el extranjero mantenga una relación de análoga afectividad a la conyugal en los términos previstos en materia de reagrupación familiar del trabajador disponga de los requisitos económicos suficientes para reagrupar al trabajador.
Renovación de la Autorización inicial de Residencia y Trabajo:
Gestiones en Extranjería
Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–03) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el trabajador (03-Formulario_cta_ajena.pdf (inclusion.gob.es)).
Copia completa del pasaporte o título de viaje en vigor. Si durante este años has renovado tu pasaporte, tienes que aportar también el antiguo
El contrato laboral: si se continúas con la relación laboral que dio origen a la concesión de la autorización que se va a renovar, no es preciso presentar ningún otro documento, pero te aconsejo aportar tu vida laboral.
Tarjeta de Identificación de Extranjero (TIE)
Sujeto legitimado para presentar la solicitud: el trabajador personalmente o mediante representación.
Lugar de presentación: De forma telemática a través de la plataforma Mercurio. Oficina de Extranjería de la provincia donde tenga su residencia.
Plazo de solicitud: durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la autorización. También se puede solicitar dentro de los 90 días naturales posteriores a la fecha en que hubiera finalizado la vigencia de la autorización, sin perjuicio de la posibilidad de que sea incoado el correspondiente procedimiento sancionador.
¿Cómo realizar el Trámite? Normalmente a través del registro administrativo.
La presentación de la solicitud en plazo prorroga la validez de la autorización anterior hasta la resolución del procedimiento.
Las tasas de residencia y trabajo: se devengarán en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberán abonarse en el plazo de diez días hábiles, son:
Modelo 790 código 052, epígrafe 2.2 renovación de autorización de residencia temporal, a abonar por el trabajador: 16,40 euros
Modelo 790 código 062, epígrafe 2.1 renovación o modificación de una autorización de trabajo tramitada en un procedimiento de autorización de residencia temporal y trabajo, a abonar por el empleador. El impreso para el abono se podrá descargar desde Enlace externo al portal. Se abrirá en una pestaña nueva: 81,54 euros.
Plazo de resolución de la solicitud: 3 meses contados a partir del día siguiente a la fecha en que haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
La vigencia de la renovación autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena es por cuatro años salvo que corresponda una autorización de residencia de larga duración.
La renovación de la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena permitirá el ejercicio de cualquier actividad en cualquier parte del territorio nacional, por cuenta ajena y por cuenta propia.
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Gestiones para obtener la TIE
En el plazo de un mes desde la notificación de la renovación, el trabajador deberá solicitar personalmente la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la Oficina de Extranjería o Comisaría de Policía de la provincia donde se haya tramitado la autorización. El solicitante exhibirá en el momento del trámite de huella su pasaporte o título de viaje y aportará:
Solicitud de Tarjeta de Identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX-17)
Justificante del abono de la tasa de la tarjeta.
Una fotografía reciente en color, en fondo blanco, tamaño carné
Comprobante de la cita.
Tienes que pedir cita en la misma Comisaria, aproximadamente une mes después de poner Huellas.
Renovar la autorización de residencia de larga duración
Lo que tienes que retener:
La autorización de residencia de larga duración autoriza a residir y trabajar en España indefinidamente en las mismas condiciones que los propios españoles.
Los titulares de una autorización de residencia de larga duración deberán solicitar la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años.
A diferencia de otras tarjetas o autorizaciones, donde puedes iniciar el trámite de renovación antes de la fecha de caducidad, en el caso de la Tarjeta de Residencia de Larga Duración, la renovación sólo puede realizarse una vez que la tarjeta haya caducado. La Comisaría de Policía competente no puede expedir una nueva tarjeta si la actual sigue en vigor.
Para renovar esta tarjeta debemos presentar la siguiente documentación:
El formulario de solicitud Ex-17 (17-Formulario_TIE.pdf)
Copia completa y original de tu pasaporte en vigor
Copia y original de tu tarjeta de Residencia de Larga Duración caducada
Fotografía reciente en color
Certificado o volante de empadronamiento. El Certificado o Volante de Empadronamiento será obligatorio solamente si hemos cambiado de domicilio durante la validez de nuestra tarjeta.
Abonar la tasa 790 Código 012. Actualmente son 21,87 € Puedes consultar todas las tasas en Tasas de trámites de extranjería (Sede electrónica). Sitio web de la Policía Nacional España.

