Arraigo para la formación

El arraigo para la formación autoriza una residencia de 12 meses, prorrogable una única vez por otro período de 12 meses. Una vez superada la formación se solicitará autorización de residencia y trabajo que se concederá por 2 años y habilitará a trabajar.

  • Reunida toda la documentación, tienes que pedir cita a la dirección de correo electrónico citaprevia_extranjeria.madrid@correo.gob.es, adjuntando en el mensaje el formulario y la documentación requerida. Es imprescindible adjuntar la declaración responsable. Si el volumen de la documentación (máx. 20 Mb) no permite adjuntarla en un solo envío, puede remitir dicha documentación repartida en varios mensajes inmediatamente seguidos en el tiempo enumerando los envíos en el «Asunto» de cada mensaje.

  • Si Delegación de Gobierno te concede autorización de residencia, te da un plazo de 3 meses para aportar matrícula

  • Tras el primer año de formación, si superas la formación elegida, podrás solicitar autorización de residencia y trabajo, aportando: el contrato de trabajo relacionado con la formación elegida y la prueba de haber superado la formación.

  • La administración te concederás la Autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena por dos años.

Con el arraigo para la formación, la administración española pretende regularizar a los extranjeros que se formen en sectores donde falte mano de obra (El Gobierno regularizará a los migrantes que se formen en sectores donde falte mano de obra | Público (publico.es)).

Puede ampliar información sobre el arraigo para la formación en este portal: ¿Qué Es y Qué Requisitos Tiene el Arraigo para la Formación? (balcellsgroup.com).

El arraigo para la formación puede ser solicitada por personas extranjeras que acrediten la permanencia continuada en España durante un período mínimo de 2 años, si de forma acumulativa cumplen los siguientes requisitos (Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales. Arraigo para la formación (HI 108) – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)):

  • Acreditar 2 años de permanencia continuada en España

  • No tener antecedentes penales en España y ni en el país de origen.

  • Comprometerse a realizar una formación reglada para el empleo o a obtener un certificado de profesionalidad o una formación conducente a la habilitación profesional necesaria para ocupar una profesión específica (Grado Medio, Formación Profesional y Universidad). Dicha formación debe permitir la consecución de una certificación oficial de cualificaciones profesionales que esté dentro del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales en el ámbito de la administración laboral.

  • Un contrato laboral relacionado con dicha formación. De este modo, el arraigo para la formación debe finalizar con una autorización de 2 años que autoriza a trabajar.

Para poder acceder a este arraigo no hay que acreditar que tenemos esa formación ya realizada, sino comprometernos para que durante la vigencia de este Arraigo para la Formación vamos a realizar esos estudios en España. Para ello tenemos un plazo de tres meses para comunicar a la Oficina de Extranjería que ya estamos matriculados en dicha formación. Si finalmente no realizamos el curso y, por tanto, no enviamos el certificado conforme estamos matriculados, perderemos la autorización de residencia (PMF Arrelament per formació (gencat.cat)).

Cuando termines la formación y mientras dura la autorización de residencia por arraigo para la formación, deberás presentar la solicitud de autorización de residencia y trabajo ante la Oficina de Extranjería junto con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y el empresario (garantizando el salario mínimo interprofesional).

¿Cuál es el procedimiento para solicitar el arraigo para la formación en España?

¿Cuáles son los requisitos para obtener el arraigo para la formación en España?

Arraigo para la formación
Arraigo para la formación

Recuerda preparar bien tu expediente para el arraigo para la formación

  1. Pasaporte entero

  2. Antecedentes penales

  3. Certificado de estudio del Centro (por ejemplo, el curso de Servicios Auxiliares de Peluquería (Unidad de Formación e Inserción laboral Tierruca). Son dos cursos escolares)

  4. Pruebas

  5. Padrón (volante)

  6. Pruebas de 2 años de permanencia en España (padrón, histórico del bono de transporte)

  7. Declaración responsable para la formación

  8. Tasas pagadas (790,052, 2.5: arraigo. 38,28 euros)

  9. Solicitud: EX-10 (arraigo formación: Modelos generales – Migraciones – Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es))

  10. Solicitud de cita (modelo oficial)

Una vez hayas realizado esa formación y hayas obtenido tu título podrás solicitar una Autorización de Residencia y Trabajo por cuenta Ajena si cuentas con una oferta de empleo que garantice al menos el Salario Mínimo Interprofesional. La solicitud de la Autorización de Residencia y trabajo por Cuenta Ajena se deberá solicitar durante la vigencia de tu arraigo para la formación y te concederán una autorización de residencia y trabajo con una duración de dos años.

¿Cómo se modifica el arraigo para la formación?

Más información sobre los trámites de extranjería en Madrid

Tipos de formaciones aceptadas para el arraigo para la formación

Extranjería – Administraciones Públicas (administracionespublicas.gob.es)

El Artículo 149.1.2ª de la Constitución Española establece el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de «nacionalidad, inmigración, emigración, extranjería y derecho de asilo». El Estado español está representado por las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno que realizan trámites para garantizar el ejercicio de una serie de derechos fundamentales y también ostentan competencias en materia de protección de la seguridad ciudadana.

La Delegación o Subdelegación del Gobierno autoriza (Tasas – Administraciones Públicas (administracionespublicas.gob.es)) y la Policía Nacional gestiona la documentación, principalmente verificando tus huellas y entregándote el documento correspondiente (Tasas de trámites de extranjería (Sede electrónica). Sitio web de la Policía Nacional España (policia.gob.es)).

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