El Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA)

El Pacto Europeo de Migración y Asilo es un conjunto de nuevas normas de la Unión Europea para gestionar mejor la migración y el asilo. Su objetivo es que todos los países de la Unión Europea sigan reglas parecidas cuando reciben a personas migrantes o cuando alguien solicita protección internacional.

11/3/20267 min read

PEMA
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¿Qué es el Pacto Europeo de Migración y Asilo?

El Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA) constituye la reforma más importante del Sistema Europeo Común de Asilo desde su creación. Está integrado por un conjunto de actos legislativos adoptados por la Unión Europea para establecer normas comunes en materia de migración, protección internacional, acogida, gestión de fronteras y solidaridad entre los Estados miembros. Su finalidad es garantizar una respuesta europea más coordinada, eficaz y solidaria ante los movimientos migratorios, reforzando al mismo tiempo la protección de los derechos fundamentales de las personas que necesitan protección internacional.

El Pacto persigue alcanzar un equilibrio entre tres objetivos esenciales:

  • La gestión ordenada de los flujos migratorios.

  • La protección efectiva de las personas necesitadas de protección internacional.

  • La distribución equilibrada de responsabilidades entre los Estados miembros.

¿Por qué era necesaria esta reforma?

Durante los últimos años, los Estados situados en las fronteras exteriores de la Unión Europea han soportado una presión migratoria especialmente elevada debido a su posición geográfica. Asimismo, la aplicación desigual de las normas en materia de asilo y migración ha generado diferencias significativas en los procedimientos, las condiciones de acogida y los niveles de reconocimiento de protección internacional.

Para responder a estos desafíos, la Unión Europea ha establecido un nuevo marco normativo destinado a:

  • Gestionar la migración de forma más ordenada y previsible.

  • Agilizar los procedimientos de protección internacional.

  • Reforzar la solidaridad entre los Estados miembros.

  • Mejorar la identificación y protección de las personas vulnerables.

  • Favorecer la cooperación con los países de origen y tránsito de la migración.

Principales instrumentos normativos del PEMA

Entre las normas más relevantes del nuevo sistema destacan:

  • Reglamento (UE) 2024/1347, relativo a los requisitos para el reconocimiento de la condición de refugiado o beneficiario de protección subsidiaria y al contenido de la protección concedida.

  • Reglamento (UE) 2024/1348, por el que se establece un procedimiento común para la concesión y retirada de la protección internacional.

  • Reglamento (UE) 2024/1349, relativo al procedimiento fronterizo de retorno.

  • Reglamento (UE) 2024/1351, sobre la gestión del asilo y la migración, que sustituye gran parte del anterior sistema de Dublín.

  • Reforma del sistema Eurodac, para mejorar la identificación biométrica y la gestión de los movimientos migratorios.


Los cuatro pilares del Pacto

1. Gestión integrada de las fronteras exteriores

La Unión Europea refuerza los mecanismos de identificación y control en sus fronteras exteriores mediante procedimientos comunes de:

  • Verificación de identidad.

  • Controles de seguridad.

  • Evaluaciones sanitarias.

  • Detección de situaciones de vulnerabilidad.

Asimismo, se modernizan los sistemas europeos de información para mejorar la gestión de las llegadas y de las solicitudes de protección internacional.

2. Procedimientos más rápidos y homogéneos

El nuevo marco normativo establece procedimientos comunes para la tramitación de las solicitudes de protección internacional en todos los Estados miembros.

Los objetivos principales son:

  • Reducir los tiempos de espera.

  • Garantizar una aplicación uniforme de las normas.

  • Incrementar la seguridad jurídica para las personas solicitantes y para las administraciones públicas.

3. Solidaridad y reparto de responsabilidades

Uno de los cambios más importantes del Pacto es la creación de mecanismos de solidaridad obligatoria entre los Estados miembros.

Cuando un Estado afronte una presión migratoria significativa podrá recibir apoyo a través de:

  • Reubicación de solicitantes de protección internacional.

  • Contribuciones financieras.

  • Asistencia operativa y técnica.

  • Otras medidas de solidaridad previstas en la normativa europea.

4. Cooperación con terceros países

La política migratoria europea también incorpora una dimensión exterior reforzada.

La Unión Europea pretende mejorar la colaboración con los países de origen y tránsito para:

  • Prevenir la migración irregular.

  • Combatir las redes de tráfico de seres humanos.

  • Reforzar los sistemas de protección internacional.

  • Promover vías legales y seguras de migración.

Principales novedades del Pacto

La reforma afecta a numerosos ámbitos relacionados con la migración y la protección internacional.

Gestión de las solicitudes

Se establecen criterios más claros para determinar qué Estado miembro es responsable del examen de cada solicitud de protección internacional.

Respuesta ante situaciones de crisis

Se crean mecanismos específicos para responder a situaciones de presión migratoria excepcional o llegadas masivas de personas.

Modernización de Eurodac

La base de datos europea de identificación biométrica se amplía y moderniza para facilitar la gestión de la migración y del asilo.

Armonización de la protección internacional

Se unifican los criterios para reconocer la condición de refugiado y la protección subsidiaria en toda la Unión Europea.

Controles previos en frontera

Las personas que entren irregularmente en la Unión Europea estarán sujetas a controles comunes de:

  • Identidad.

  • Seguridad.

  • Salud.

  • Vulnerabilidad.

Condiciones de acogida

Se refuerzan los estándares comunes para garantizar condiciones de acogida dignas y homogéneas para las personas solicitantes de protección internacional.

Vías legales y seguras

La Unión Europea impulsa mecanismos que permitan el acceso ordenado y seguro a la protección internacional.

Protección internacional: conceptos básicos

¿Qué es la protección internacional?

La protección internacional es el conjunto de medidas jurídicas destinadas a proteger a las personas que no pueden regresar a su país de origen porque corren riesgo de persecución o de sufrir daños graves.

Las dos formas principales de protección internacional son:

  • El estatuto de refugiado.

  • La protección subsidiaria.

Mientras se examina su caso, la persona tiene la condición de solicitante de protección internacional.

¿Qué es el estatuto de refugiado?

Una persona puede ser reconocida como refugiada cuando existe un temor fundado de persecución debido a:

  • Su raza.

  • Su religión.

  • Su nacionalidad.

  • Sus opiniones políticas.

  • Su pertenencia a un determinado grupo social.

El reconocimiento de la condición de refugiado le confiere derecho a residir legalmente y permanecer protegida en el Estado que concede dicha protección.

¿Qué es la protección subsidiaria?

La protección subsidiaria se concede a las personas que, sin cumplir los requisitos para ser reconocidas como refugiadas, se enfrentarían a un riesgo real de sufrir daños graves si regresaran a su país de origen.

Entre dichos daños graves se encuentran:

  • La pena de muerte.

  • La tortura o los tratos inhumanos o degradantes.

  • Las amenazas graves contra la vida o la integridad física derivadas de conflictos armados.

El control previo en frontera

El Pacto introduce un procedimiento común de control previo para las personas que accedan irregularmente a las fronteras exteriores de la Unión Europea.

Antes de determinar si la persona debe ser sometida a un procedimiento de protección internacional o a un procedimiento de retorno, las autoridades realizarán comprobaciones relativas a:

  • Identidad.

  • Seguridad.

  • Estado de salud.

  • Situaciones de vulnerabilidad.

El objetivo es identificar con rapidez el procedimiento adecuado para cada caso, garantizando simultáneamente la seguridad, la salud pública y el respeto a los derechos fundamentales.

Procedimientos y plazos principales

1. Procedimiento fronterizo de protección internacional

Ámbito de aplicación

Se aplica a determinadas solicitudes presentadas en frontera, aeropuertos, puertos o zonas de tránsito.

Durante esta fase, la persona solicitante puede permanecer en instalaciones fronterizas habilitadas para la tramitación del procedimiento.

Duración

  • Plazo máximo general: 12 semanas (84 días).

  • Dentro de este plazo deben adoptarse tanto las decisiones de admisibilidad como las resoluciones sobre el fondo de la solicitud.

Recursos

Las personas solicitantes tienen derecho a:

  • Información adecuada.

  • Asistencia jurídica.

  • Servicio de interpretación cuando sea necesario.

  • Recurso efectivo contra cualquier resolución desfavorable.

Consecuencia de la superación del plazo

Cuando no sea posible concluir el procedimiento dentro del plazo establecido, la persona deberá ser admitida en territorio para continuar la tramitación mediante el procedimiento ordinario.

2. Procedimiento ordinario de protección internacional

Se aplica a las solicitudes que no estén sujetas al procedimiento fronterizo.

Duración

Regla general

  • Resolución en un plazo máximo de 6 meses.

Posibles ampliaciones

  • Hasta 12 meses en casos complejos.

  • Hasta 15 meses en situaciones de presión migratoria significativa.

  • Hasta 21 meses en circunstancias excepcionales previstas por la normativa europea.


3. Solicitudes presentadas en Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE)

Las solicitudes formuladas en los Centros de Internamiento de Extranjeros están sujetas a un régimen específico adaptado a la situación de internamiento y requieren una tramitación especialmente rápida, respetando en todo caso las garantías procedimentales de la persona solicitante.

4. Procedimiento fronterizo de retorno

Cuando una solicitud tramitada en frontera sea denegada y proceda el retorno de la persona interesada, podrá aplicarse el procedimiento fronterizo de retorno regulado por el Reglamento (UE) 2024/1349.

Duración

  • Plazo máximo: 12 semanas adicionales.

Duración máxima conjunta

  • Procedimiento fronterizo de protección internacional: hasta 12 semanas.

  • Procedimiento fronterizo de retorno: hasta 12 semanas.

Duración total máxima del sistema fronterizo: 24 semanas (168 días).

Si el retorno no pudiera ejecutarse dentro de ese plazo, la persona pasará al régimen ordinario de retorno previsto en la normativa aplicable.

Recursos en España

Sin perjuicio de las garantías establecidas por el Derecho de la Unión Europea, las resoluciones dictadas en materia de protección internacional pueden ser impugnadas mediante:

Recurso potestativo de reposición

  • Plazo: un mes desde la notificación de la resolución.

Recurso contencioso-administrativo

  • Plazo: dos meses desde la notificación de la resolución.

En los procedimientos fronterizos, los recursos deben tramitarse con carácter urgente para garantizar la efectividad de la tutela judicial.


Aplicación del Pacto en España

La plena aplicación del Pacto Europeo de Migración y Asilo comenzó el 12 de junio de 2026. Para adaptar la actuación administrativa al nuevo marco jurídico europeo, la Instrucción de 11 de junio de 2026 de la Subsecretaría del Interior estableció criterios específicos para la tramitación de las solicitudes de protección internacional conforme a los Reglamentos (UE) 2024/1348 y 2024/1351.

Entre las principales novedades destacan:

  • La aplicación directa de los reglamentos europeos.

  • La diferenciación entre procedimiento fronterizo y procedimiento ordinario.

  • El tratamiento específico de las solicitudes formuladas en los CIE.

  • Nuevas reglas para el cómputo de plazos.

  • La reafirmación del principio de primacía del Derecho de la Unión Europea.

Consecuencias prácticas para las personas solicitantes

La entrada en vigor del Pacto implica que:

  • Algunas solicitudes podrán tramitarse mediante procedimientos acelerados en frontera.

  • La identificación temprana del procedimiento aplicable será fundamental.

  • Los plazos de tramitación estarán más armonizados en toda la Unión Europea.

  • La actualización permanente del domicilio y de los datos de contacto será esencial para recibir correctamente las notificaciones administrativas.

  • Las decisiones de protección internacional y de retorno estarán más estrechamente coordinadas dentro del nuevo sistema europeo.

En conjunto, el PEMA pretende construir un sistema europeo de migración y protección internacional más uniforme, previsible, ágil y solidario, garantizando al mismo tiempo la protección de los derechos fundamentales de las personas necesitadas de protección internacional.

El Pacto Europeo de Migración y Asilo (PEMA)