5 ideas para residir y trabajar en España

Descubre en nuestro blog personal reflexiones, consejos útiles y emocionantes historias de éxito y fracaso sobre la integración de los inmigrantes en España. ¡Acompáñanos en este viaje de aprendizaje y crecimiento juntos!

MOVILIDAD HUMANA

9/20/20243 min read

1.-Digitalización de los trámites para residir y trabajar en España

Quien quiera residir y trabajar en España debe estar en condiciones de manejar, con una cierta soltura, las nuevas Tecnologías de Información y Comunicación. Hoy por hoy, todos los trámites (petición de asilo, asistencia sanitaria, afiliación a la seguridad social, el empadronamiento, tramitar una tarjeta de transporte en Madrid, etc.) requieren una previa cita por internet, y afortunadamente algunos trámites pueden resolverse sin pisar la unidad de trámites administrativos (por ejemplo la afiliación a la seguridad social). Te aconsejo adquirir, en cuanto tu situación administrativa te lo permita, tu certificado digital.

2.-El empadronamiento para residir y trabajar en España

Quien quiera residir y trabajar en España debe estar empadronado en algún municipio español. La inscripción en el padrón municipal constituye prueba de la residencia en el municipio y del domicilio habitual en el mismo, si bien no constituye prueba de la residencia legal en España ni atribuye al ciudadano inscrito ningún derecho que no le confiera la legislación vigente. No obstante, una persona que no está empadronada en el correspondiente municipio no tiene derecho a los servicios administrativos, como por ejemplo los servicios sociales, los trámites administrativos o cualquier prestación económica. El empadronamiento es requisito necesario para acceder a servicios esenciales como la escolarización, la atención social primaria o la obtención de la Tarjeta Sanitaria.

3.-El número de Seguridad Social para residir y trabajar en España

Recuerda que no puedes residir y trabajar legalmente en España sin tener tu número de seguridad social (NUSS) que no variará durante toda tu vida laboral, incluso si adquieres la nacionalidad española. El NUSS identifica a la persona en sus relaciones con la Seguridad Social Española. Es obligatorio para cualquier persona que sea beneficiaria de pensiones, subsidios o prestaciones de la Seguridad Social. El sistema sanitario utiliza el número de afiliación a la Seguridad Social para expedir la tarjeta sanitaria y dar de alta el derecho a recibir las prestaciones sanitarias en cada una de las comunidades autónomas competentes en la atención sanitaria.

4.-El Pasaporte en vigor para residir y trabajar en España

Para residir y trabajar en España necesitas tener el pasaporte en vigor. El pasaporte te identifica como ciudadana del país cuya nacionalidad ostentas, que generalmente suele ser tu país natal. Incluso si vas a solicitar la protección internacional en España, conviene tener tu pasaporte en vigor para que las autoridades españolas estudien adecuadamente tu solicitud, teniendo en cuenta tu identidad y la situación del país que no pudo protegerte.

5.-El Visado para entrar, residir y trabajar en España

Para entrar en España y así poder residir y trabajar, necesitas entrar legalmente por las fronteras habilitadas por las autoridades. El artículo 25 de la actual Ley de Extranjería menciona que «los extranjeros que se propongan entrar en territorio español deberán estar provistos de visado, válidamente expedido y en vigor, extendido en su pasaporte o documento de viaje». Por tanto, es aconsejar conseguir uno de los distintos visados disponibles si tú quieres entrar en España:

  • Visado de tránsito: habilita a transitar por la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español o a atravesar el territorio español

  • Visado de estancia: habilita para una estancia ininterrumpida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no exceda de tres meses por semestre a partir de la fecha de la primera entrada

  • Visado de residencia: habilita para residir sin ejercer actividad laboral o profesional.

  • Visado de residencia y trabajo: habilita para la entrada y estancia por un período máximo de tres meses y para el comienzo, en ese plazo, de la actividad laboral o profesional para la que hubiera sido previamente autorizado.

  • Visado de residencia y trabajo de temporada: habilita para trabajar por cuenta ajena hasta nueve meses en un período de doce meses consecutivos

  • Visado de estudios: habilita a permanecer en España para la realización de cursos, estudios, trabajos de investigación o formación, intercambio de alumnos, prácticas no laborales o servicios de voluntariado, no remunerados laboralmente.

  • Visado de investigación: habilita al extranjero a permanecer en España para realizar proyectos de investigación en el marco de un convenio de acogida firmado con un organismo de investigación.